Lavado de cara de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)

Hace dos años publiqué un análisis, algo crítico lo sé, sobre la BDNS o el «instrumento de búsqueda del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas».

Para quien quiera partir de aquel análisis de diciembre de 2021, os dejo el enlace: https://www.linkedin.com/pulse/la-base-de-datos-nacional-subvenciones-bdns-sirve-alvarez-somoza/?trackingId=vFzzz4bSSm%2BjqGGif%2BJTsw%3D%3D )

Esta semana se ha lanzado el «restyling 2023», y como si de la revista «Todo motor» se tratase, es bueno analizar las mejoras en el nuevo Seat 131 que lanza en ministerio competente.

Visualmente es mucho más «atractiva», pero también lo era «tunear» un 131 con el exterior de un mercedes deportivo, pero si no cambiaba el motor…

Vaya por delante que estos primeros días, como puede comprobarse en la imagen de estas notas, la Base se cuelga de forma demasiado habitual cuando se solicitan datos, cuando se espera un tiempo sin introducir datos, cuando se descargan datos,… Estabilidad poquita.

Pero más allá de los balbuceos y primeros pasos, aunque habrá brillantes ingenieros de datos y programadores que la destriparán en breve (si no lo han hecho ya) creo que debo recuperar el análisis en 6 pruebas que hice en su día:

PRUEBA 1.- Integridad de la información de terceros:

Seguimos con varias denominaciones para el mismo NIF, cuestión que depende de la calidad de los datos introducidos, pero bien que podría el ministerio unificar dichos datos con un pequeño trabajo de cribado que cualquier técnico en la materia asumiría.

Sin embargo, devuelve de forma más rápida son los resultados de cada tercero, si necesidad de «picar» filtros. Además, para nuestra tranquilidad, cualquiera que sea la denominación que usemos para una entidad, devolverá todos los resultado para sus distintas denominaciones. Hemos mejorado.

No hemos mejorado en información integrada de entidades o personas vinculadas, por lo que hay todavía procesos de integración de datos que se dejan a la divina providencia y a la implantación de la herramienta de la AEAT denominada Minerva (cuyo proceso de consulta ha sido diseñado algo denso). Pero claro, si permitimos las DACI’s en papel… pues eso.

PRUEBA 2.- Consulta masiva de ayudas concedidas

Hemos pasado de 200 ayudas concedidas por página a 1.000, pero como hay casi 29 millones de entradas y nada impediría una descarga superior al límite fijado, seguimos suspendiendo en esta materia.

PRUEBA 3. Descarga masiva de ayudas concedidas

O yo en mi inicial aproximación estoy dormido, o aquí hemos perdido un amplio margen. Si antes se podían descargar hasta 10.000 registros y la máquina a partir de ahí educadamente te llevaba al bucle, ahora está limitada la descarga a los 1.000 de consulta.

Esto sería un suspenso mayúsculo. Porque además no sería un límite desinteresado. Sería una barrera ridícula para cualquier persona formada en la materia, pero un límite insalvable para los que somos más rudimentarios en nuestro acceso.

PRUEBA 4.- Verificación de cumplimiento de fechas de «subida» a la BDNS (y de otras fechas relevantes)En este punto hará falta mucho más para que pasemos del suspenso rotundo.

Reitero lo indicado hace 2 años:

  • Muchas entidades no cumplen con la obligación de publicar en plazo
  • La BDNS no incluye alertas de incumplimiento de la fecha lo que obliga a comprobar manualmente en cada fecha quién ha cumplido tarde y quien no
  • Dificulta enormemente el análisis de concurrencia de ayudas (no sabemos que recibe cada entidad en cada momento)

En este punto seguimos sin tener ninguna utilidad relevante

PRUEBA 5.- Efecto disuasorio con la publicación de sanciones y/o reintegros

Sigue sin existir publicada ninguna sanción. De acuerdo con la BDNS, tampoco se han tramitado reintegros.

No es cierto, pero a quién le importa. SUSPENSO CON ALEVOSÍA de todas las Administraciones Públicas (estatal, autonómica, locales,…).

PRUEBA 6. Verificación de concurrencia de ayudas, gastos duplicados, fraude

A pesar de ser la prueba más ambiciosa, no me resisto a indicar que estamos en la prehistoria, presumiendo de IA y muchos otros «golpes en el pecho». Me lloverán críticas por pretender universalizar un instrumento de control cualificado que sólo debería estar a disposición de los que nos dedicamos al control estricto de fondos públicos.

En conclusión, los puntos de la revista «Todo coche» acerca de la nueva versión, suman siendo generoso un pobre: «1,5 de 6″Pero es mi opinión, y la dejo por aquí por si resulta de utilidad… esperando el «análisis contrafactual» de personas con mayor competencia técnica.

Y para quien necesite algo más que lectura, los mismos dos años han pasado desde que lo expuse con mayor o menor fortuna en los XIV Encuentros de OCEX que tuvieron lugar en Santiago:

 

De procesos selectivos en los órganos de control, de coincidencias que no lo son y de integridad (Ep. 3)

En el Boletín Provincial de Coruña se publicaron ayer dos procesos selectivos de contratación de personal interino convocados por el ilustre Ayuntamiento de Coruña. Como esta administración ha sufrido ciertos reveses en este ámbito en las últimas fechas, los suelo analizar con cariño. Y lo publicado ayer me plantea una duda: ¿han empezado las OPA’s entre Administraciones por el furor de los fondos europeos? Parece que sí.

Me explico. El ayuntamiento de Coruña, que salvo error no tiene en RPT un servicio de verificaciones de fondos europeos (lo tendrá en breve, seguro), convoca dos procesos selectivos que al personal de verificaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia, 90% personal interino, le pueden interesar mucho (y por qué los órganos de control son tierra abonada para la interinidad también tiene un análisis, seguro…)

La convocatoria prevé dos listas de selección de personal interino:

  • Personal para tareas de gestión y comunicación de fondos europeos:

https://www.coruna.gal/descarga/1453829293310/Publicacion-bases-BOP-Tec.-xestion-e-comunicacion-lista.pdf

  • Personal para tareas de verificación de fondos europeos:

https://bop.dicoruna.es/bopportal/publicado/2023/02/07/2023_0000000648.pdf

La cuestión es tan urgente como para que el plazo de presentación sea de 5 días hábiles y tan “pro concurrencia” como para que no se prevean tasas… ¿o no es realmente así? Con los antecedentes del Ayuntamiento sería bueno analizar algunas cuestiones:

En primer lugar, ¿la fórmula de puntuación del primer ejercicio tipo test? Bien. Hemos aprendido de los errores de procesos recientes, y ahora fijamos un aprobado condicionado a la nota de corte que fija el tribunal. Allá ellos si deciden fijarla muy alta, pero al menos no está el corte en las nubes sin posibilidad de moverlo. Por eso, no parece mala redacción la propuesta en la convocatoria:

El ejercicio será cualificado con una nota final de 0 a 30 puntos, siendo necesario alcanzar una nota mínima de 15 puntos para superarlo. Las personas aspirantes que no alcancen esta nota mínima serán eliminadas. Corresponderá al tribunal determinar la puntuación del cuestionario exigida para alcanzar esta nota mínima.

La nota final será calculada a partir de los puntos obtenidos en el cuestionario utilizando la siguiente fórmula:

N = 15 + 15(P – Pc/100 – Pc)”

En segundo lugar, ¿hay algún requisito extraño o sospechoso para concurrir al proceso? Mal. Salvo aclaración del Ayuntamiento y/o ampliación del plazo de presentación, existe un requisito extraño, sospechoso, excesivo,…

Poseer o estar en condiciones de obtener el certificado del nivel C1 definido en el Marco europeo común de referencia para las lenguas (MECRL) en idioma inglés”.

¿Estamos de broma? ¿O es que la interpretación de “estar en condiciones de obtener” en este caso supondrá que la Administración Municipal va a pagar los aprox. 200 euros de presentarse (sólo presentarse, no ya prepararse) a este certificado mientras dure el período contratación del personal interino? Si es así, aclaración al BOP y ampliación de plazo.

Pero además, ¿es un requisito tener el C1 en inglés para trabajar en esta área? ¿O es un mérito a baremar en la fase de concurso? Por si alguien lo duda, las personas que han trabajado más de 15 años en verificación de fondos europeos, auditoría de fondos europeos, gestión de fondos,… podemos garantizar que NO es una condición. Pero las bases, por coherencia interna, valoran estar en posesión del C2 dentro del apartado de méritos. ¿El C2? ¿El necesario para ser profesor de inglés en ciertas áreas, el que prácticamente te haría pasar por bilingüe?,… Es una broma ¿o es que nadie por ahí sabe que los documentos oficiales de Fondos Europeos se publican en el DOUE traducidos a todas las lenguas oficiales? ¿Que alguna documentación técnica llega antes en inglés pero un B1 lee perfectamente cualquiera de esos documentos?.

Pero es que además, se da la increíble coincidencia de que aunque alguien quisiese optar a examinarse en alguna de las 33 fechas que por ejemplo concede anualmente Cambridge para obtener los distintos niveles, sólo una en el formato “computer based” se encuentra dentro del plazo de presentación de solicitudes, este próximo sábado (https://www.cambridgeenglish.org/es/Images/637004-exam-day-flyer-2023-document.pdf). Una pena, ¿verdad? O una coincidencia…

En tercer lugar, cuestiones ya menores pero bastante interesantes sobre esta convocatoria, pudiendo ser también restricciones o problemáticas.

  • En cuanto a las titulaciones exigibles, las remisiones genéricas a titulaciones de humanidades, ciencias sociales,… están siendo impugnadas casi todos los días por restrictivas. Cuánto más en un trabajo como el de verificación de proyectos europeos donde la revisión de inversiones, análisis de proyectos de I+D+I están en el 90% de las subvenciones solicitadas y a revisar. ¿Por qué no se incluye el perfil de ingeniería o análogo entre las titulaciones? ¿Dispone el ayuntamiento de plantilla suficiente para asumirlo? ¿O hemos olvidado las verificaciones sobre el terreno?
  • Por otra parte, el objeto de la convocatoria parece zanjar, al menos para el ayuntamiento, una de las cuestiones más “espinosas” en otras administraciones (no diré cuáles): ¿puede un mismo personal asumir en su condición de interino la gestión o verificación de fondos europeos de dos Marcos de financiación distintos? ¿2014-2020 y 2021-2027, por ejemplo? En el objeto de la convocatoria se incluyen los 2, pero habrá que ver si algún nombramiento finalmente incluye ambos
  • O quizás lo anterior es sólo fruto de confusión o error, porque si ese es el objeto concreto de la convocatoria, ¿para qué incluir en el temario el PRTR, el instrumento Next Generation y compañía? Si eso no se va a verificar… ¿O es que se incluye porque tocamos algo de React EU? No sé.
  • Por último, la regla N+3 que se cita en el “objeto de la convocatoria” está muy bien para demostrar que se controla la materia, pero no procede incluirla al menos en ese punto. Por aclararlo, supone un requisito financiero establecido en los Reglamentos comunitarios que consiste en que cada anualidad programada para cada uno de los Programas debe quedar certificada y declarada ante la Comisión Europea una vez transcurridas las tres anualidades siguientes a dicha anualidad. Podría incluirse como parte del algún tema del programa, pero incluido en el objeto de la convocatoria es como si en una convocatoria de veterinarios alguien incluye entre paréntesis, junto al número de plazas, la palabra “parvovirosis” sin más.

En conclusión, si no hay modificación de las bases, lo que podría parecer una buena idea, una gran idea del Ayuntamiento de Coruña para asumir con garantías un sistema para la gestión y control de los fondos europeos, podría considerarse otro posible proceso de selección algo “dirigido”, manchado por la sospecha,… más aún en período previo a las elecciones municipales.

Pero reitero, una rápida corrección de errores y una ampliación de plazo publicada en el BOP antes de “cierre”, y todo limpio, muy limpio, y sin gota de sospecha (que pueda parecer un tirón de orejas es mejor que un titular de 4 presentados y 99,88% conocidos, ¿no?)