Notas sobre políticas públicas (IX): «De ausencias justificadas (o in), permisos, licencias, moscosos y días #porqueyolovalgo”

Una vez superado el día de los Santos Inocentes, es conveniente analizar las inocentadas típicas de estas fechas en las Administraciones Públicas, lo cual permite un análisis de la normativa vigente y la interpretación que procede en relación al régimen de ausencias, bajas, moscosos, canosos y la modalidad conocida como días “#porqueyolovalgo”.

El análisis procede en estas fechas de final de ejercicio porque es cuando se produce la mayor incidencia de todas las modalidades de permisos y ausencias justificadas o no en cualquier Administración Pública. La explicación es obvia, los días de vacaciones y asuntos propios en la administración tienen un límite tasado legalmente. Pero no dan para todo lo «necesario».

El enlace/conexión con las bajas por IT (incapacidad temporal) es comprensible por la querencia de algunos facultativos/as a reconocer ciertas situaciones coincidiendo con los posibles puentes de las parte final de año. ¿Dónde quedó aquella promesa electoral de acumular festivos a fin de semana que tanta bien habría hecho en el funcionamiento de la Administración? Es desagradable desde el punto de vista de intervención tener que verificar siquiera de manera “sucinta” el cumplimiento de requisitos documentales de estos expedientes. Más aún cuando su cumplimiento se olvida, se ignora, se bordea,…

Casi nadie pondrá en duda una ausencia motivada en una intervención quirúrgica, un ingreso hospitalario, etc. Pero las incidencias son tantas y tan variadas… y la reincidencia genera tanto malestar dentro de las unidades administrativas que es bueno analizar/atajar ciertas problemáticas.

Como la teoría general es bien conocida, es bueno centrarse en especialidades y novedades del año que termina y que serán de aplicación ¿menos conflictiva en 2020?:

1.- Las ausencias justificadas a posteriori (o bajas retroactivas), las bajas “estratégicas” y los días #porqueyolovalgo.

En el ámbito autonómico gallego (cuando ya se recogía desde hace años en otros ordenamientos autonómicos) el Diario Oficial de Galicia de 23 de abril de 2019 publicaba una Resolución https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20190423/AnuncioC3K1-080419-0002_es.pdf que por su extenso título y contenido técnico podría haber pasado desapercibida(de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Sanidad, por la que se acuerda la publicación de la Instrucción de 1 de abril de 2019 por la que se establece el protocolo común para la gestión clínica y el seguimiento de la incapacidad temporal por los/las inspectores/as médicos/as y subinspectores/as sanitarios/as, controladores de la gestión de la incapacidad temporal, de las unidades de inspección y control de salud laboral de esta consellería)

Sin embargo, esta instrucción venía a concretar el régimen de tramitación de los partes de baja por IT, determinando como excepcional la posibilidad de emisión de partes de baja con efectos retroactivos. En estos casos excepcionales, en su anexo (con un flujograma de trámites) recogía la necesidad de solicitar informe de la Inspección de Sanidad en aquellos expedientes en los que se producía la emisión de parte de baja con posterioridad a la fecha de inicio de la ausencia laboral.

Esta instrucción podía ser entendida como una respuesta al aparente incremento de IT que se hubiere producido como consecuencia de que se abone nuevamente al 100% las bajas por IT. Quizás un control a posteriori de dichas bajas junto con aquellas de corta duración que se producen en las fechas en las que nos encontramos ahora podrían devolver resultados “sorprendentes”.

Sin embargo, estos informes nunca llegarán a valorar el daño que producen en estas unidades las personas que abusan de la permisividad o ignorancia de sus superiores. Las unidades administrativas, al igual que las relaciones personales (según ciertas estadísticas), sufren bastante el período de vacaciones y sus “incidencias”.

Diferente de lo anterior, es la posibilidad, reconocida formal e incluso informalmente en las diferentes Administraciones Pública de la ausencia sin alta de IT. Estos días que según la Administración de que se trate exigen o no una posterior justificación médica, surgen de la falta de cobertura de la Seguridad Social de aquellas enfermedades o procesos que no conlleven visita médica pero impiden la asistencia al puesto de trabajo (o la recomienda por contagio y demás circunstancias que no conviene enumerar).

Y en la indeterminación vive la controversia: ¿qué incidencias permiten hacer uso de esta posibilidad?¿Qué personas aprovechan con carácter general/particular esta posibilidad?¿Existen patrones comunes?

2.- El control de las ausencias, fichajes,… y las licencias por asuntos propios y el cobro por días naturales

Si se agotan las vacaciones, los moscosos, los canosos, las ausencias o bajas estratégicas, etc, el personal puede verse obligado a solicitar una licencia sin sueldo, con una sorpresa para no habituales: el cómputo de los días sin sueldo se realiza por días naturales, con lo que el descuento en nómina se produce igualmente por días naturales. Y el fin de semana supone por ello descontar dos días de sueldo.

Para Galicia y en la línea de la normativa estatal, el artículo 127 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de Empleo Público de Galicia regula dicha licencia (el permiso por asuntos propios aparecen en el artículo 118), indicando que no excederá, en cómputo acumulado para el total de las solicitadas, de “tres meses cada dos años de prestación de servicios efectivos”, sujetando su concesión como en el caso de los permisos de igual nombre a las necesidades de servicio.

El desarrollo de esta ley por la Resolución de 24 de febrero de 2016 y por las intrucciones de los órganos competentes persigue por otra parte límites que buscan impedir ciertos excesos como por ejemplo que una licencia no puede finalizar en viernes y la siguiente empezar en lunes.

Conviene recoger aquí una advertencia aplicable a cualquier tipo de permiso o licencia que no se produzca por un hecho inesperado, fortuito, o causa de fuerza mayor como consecuencia de accidente, ingreso hospitalario, etc. Si deben ser valoradas las necesidades de servicio para su concesión, ¿es posible su concesión con efectos retroactivos? No, porque no se puede valorar la procedencia de disfrutar algo ya disfrutado. Y no, porque la ausencia injustificada es una infracción que recoge la citada ley.

De la misma forma se configura como infracción en los artículos 185 y siguientes “Las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada de trabajo”. Sin olvidar además que en estos supuestos como ha señalado la jurisprudencia más reciente se produce una falsedad documental punible.

Además, no podemos olvidar que estas incidencias colocan en una situación de casi imposible cumplimiento del control/descontrol/consentimiento a las personas que dirigen las unidades administrativas y a los órganos de control, con funciones que exigirían trabajos propios de la investigación policial y/o judicial.

3.- La regulación de los días de asuntos propios como un derecho económico/retribución que ¿puede o debe? liquidarse con la finalización de contratos/relación de servicio:

Por último, para aquellas personas a las que le resulte imposible aprovechar el 100% de sus derechos durante el período de servicio o les sobrevenga una circunstancia que le impida disfrutarlo, siempre queda procedencia de liquidarlos y abonarlos. Porque los moscosos, al igual que las vacaciones, con base en una interpretación “amplia” de la normativa vigente, parecen susceptibles de disfrute una vez superado el período de baja.

Igualmente podría interpretarse idéntico resultado “compensatorio” cuando dicha baja pudiese con posterioridad desembocar en una incapacidad permanente o se haya producido la jubilación (ver este resumen de la web especializada “El consultor de los ayuntamientos”). En línea con lo anterior, parecería por todo ello lógica también su aplicación a los supuestos de fin de contrato laboral o fin de la relación de interinidad.

Sin embargo, la jurisprudencia ha analizado los distintos supuestos, y encontramos otras sentencias que limitan dicha posibilidad en aquellos casos en que una disposición laboral específica (en este caso un convenio colectivo) haya limitado el disfrute de los días de asuntos propios a una fecha determinada, hasta el 31 de enero del año siguiente en los supuestos analizados por entre otras las sentencias del TSJ de Castilla y León y del TSJ de Asturias

Personalmente, después de que las necesidades de servicio siempre hayan impedido disfrutar de sus permisos y licencias a compañer@s que se encuentran en las unidades con más carga de trabajo, me inclino por reconocer el derecho en su vertiente económica que suponga por lo tanto su cobro con independencia del plazo límite fijado para su disfrute. Lo contrario crea siempre una carga añadida para el personal de dichas unidades (que en ocasiones lleva a componendas de las indicadas en el punto 2 de estas notas para compensar lo que debía ser un pago claramente regulado).

Con la amplitud de derechos que pueden reclamarse y/o disfrutarse, cuesta comprender por qué se producen incumplimientos reitererados por parte de algun@s empleados públicos, pero para comprender lo incomprensible queda 2020 y siguientes… ¡Feliz Fin de año y Feliz año Nuevo!

Notas sobre políticas públicas (VIII): 75 años de interés general y algunas lecciones de integridad

Nuestra sociedad suele hacer unos funerales intensos, grandes discursos, reconocimientos de calado,… pero se olvida de los vivos con demasiada frecuencia (alguna lápida debería recoger el epitafio «haber venido más cuando estaba vivo»). Por ello, esta entrada debería servir para felicitar un cumpleaños y también para escribir más sobre derecho e integridad de lo que llevo hecho en estos casi dos años.

Interés general es un opuesto claro (quien quiera que ponga matices) a interés particular. Cuando durante toda tu vida, aunque existan zonas grises o inclusos oscuras, haces del interés general tu fin, tu objetivo de vida, lo más probable es que sea una enfermedad o lo consideren como tal. Yo lo he tenido en casa, durante mis casi 40 años y sus recientes 75 (de mi madre dejo el homenaje para cuando llegue a los 100, que llegará)

Por poner en contexto, si cuando tienes 11 años te vas al seminario y vuelves a casa dos días por navidad durante 6 años, es posible que pierdas cierto «apego» a la familia. Si al cambiar la dirección prevista y volver a tu pueblo las opciones son azadón/sacho o maleta para Alemania, a elegir libremente, pero tú creas una tercera vía para terminar siendo inspector de policía, la determinación se te puede suponer.

Si antes de los 30 años familiarmente te has llevado los palos más duros que puede alguien recibir (y alguno más que vendría), hay muchas opciones de asumirlo y todas muy respetables. Pero pocas personas deciden que su vida se dirija a mejorar la vida de los demás. Eso, es interés general.

Los ejemplos son muchos pero se resumen en dos palabras: diez años. Cuando me preguntan cuánto tiempo estuvo mi padre en el club de fútbol, en el Tecor societario (antes coto de caza), en la Comunidad de Montes, en «la política»,… siempre respondo 10 años. Simplemente porque no soy capaz de recordarlo exactamente, porque sólo durmiendo 4 horas al día o menos se pueden hacer tantas cosas durante tanto tiempo.

Pero el sueño no es la única renuncia. El dinero es otra renuncia obligada. Por integridad. Porque el interés general no casa con aceptar regalos cuando trabajas en la frontera, con mirar para el otro lado. Porque los regalos o los aciertos (y los errores) se pagan con el dinero propio, no con el público.

Fue policía sin condecoraciones (porque no las mereció seguramente, aunque las solicitó para quien juzgó que las merecía), jubilado con 56 años como muchos otros. Por acuerdo de dos gobiernos seguidos y distintos. No disparó nunca. No dudó casi nunca. En años de exceso drogas y terrorismo, pocas veces se le pudo ver contento con su trabajo. Pagó de su bolsillo los arreglos del coche de policía cuando no «llegaba» el dinero del gobierno. Fue subordinado y jefe, nombre por el que lo conocí desde pequeño. Con respeto. Casi todos sus compañeros han muerto ya.

La falsa amistad es otra renuncia. El respeto impostado. Porque cuando tus ideas te borran de la foto (la ignorancia junto con la política interesada es una fisión incontenible), cuando sólo comulgando con todo se puede mantener el saludo, no compensa. La vehemencia en muchos casos incluso te podrá llevar a no contentarte sólo con tener la razón, sino a exigir que te la den (porque hay zonas grises y oscuras). No lo justifico.

Cuando no pagas con el dinero de la Comunidad de Montes las orquestas más caras del verano, no encontrarás el aplauso. Si el dinero sirve para adquirir la mejor finca donde construir una residencia para las personas mayores del pueblo, tampoco habrá aplausos. Menos reconocimiento habrá si no te avisan, o cuando lo hacen para la foto te encuentran trabajando con los animales. Porque el rural, si se vive, se hace con intensidad. Como todo.

Y ahora con 75 años dedicados al interés general, en el próximo cuarto de siglo mientras la vida se alargue, con la misma intensidad su trabajo será el de cuidador. De sus nietos y nietas, de su esposa. De su sociedad, que buena falta nos hará.

Por eso no encontraré su nombre en ninguna calle, ni en las personas propuestas cada año para medallas,… Porque casi siempre (que no siempre porque hay «casos y casos»), el reconocimiento a las personas extraordinarias parte de hechos extraordinarios, de un valor incalculable. Pocos reconocimientos extraordinarios se le tributan a la gente ordinaria, a la gente que cada día hace lo mejor que sabe para lograr una sociedad más justa.

Por eso escribo públicamente. Para avisar a navegantes. Para que sepan que no se aceptan regalos, porque como dice mi hija «nosotros no robamos». Escribo para mostrar la posibilidad real que me inculcaron de una sociedad más justa como un objetivo a conseguir, sin esperar a que venga sola, con mucho esfuerzo y con muchas renuncias. ¿Para qué? Para que algún día mis nietos y nietas, o al menos mis amigos y amigas, me miren con cariño. Con cariño sí, pero también con cierto respeto y admiración por el esfuerzo. Para que mi epitafio no sea «haberme querido o respetado mientras estaba vivo».